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Templos religiosos igual de obligados y seguros que cualquier local con afluencia de público.

Esta  propuesta   concreta  referida  a  Templos religiosos,  parte   desde  el respeto de la  libertad  personal de credos,  sin  evaluar el  contenido de la  ideología profesada en  ellos, por eso  debe  comprender  actuaciones  que sitúen  estos  locales  en  los  mismos términos que  el resto,  en  cuanto a las  exigencias  que  deben  cumplir  para  el desarrollo de  sus  actividades  y  no debe  ser,    mayoritariamente  la  Iglesia  católica, quien  pueda estar eludiendo el  cumplimiento de   la  legislación vigente referida  a locales  públicos o estar  fuera de esta nomenclatura debido a la  actividad que  se  desarrollan  en  ellos.

Asegurar que la  legislación sea  cumplida  por  todos  y  todas   por  igual es principio prioritario para asegurar  mismos  derechos, mismos  deberes así como la de  velar por la seguridad de todos  y  todas  por   igual .

Con esta propuesta, se  exigirá  el  cumplimiento de  la  legislación vigente referido a  locales   públicos, con inspecciones   técnicas que  verifiquen las instalaciones  necesarias para  el desarrollo de  su actividad pública y del cumplimiento de todas las medidas de  seguridad.

 

Creada por Carmen Cortes 1 año 10 semanas atrás – Alcanzó votos suficientes 1 año 9 semanas atrás
Categoría: Derechos de la ciudadanía   Tags:

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